La Alcaldesa firma un Bando sobre la limpieza de parcelas y solares

La Alcaldesa firma un Bando sobre la limpieza de parcelas y solares

La Alcaldesa de Molina de Segura ha firmado un Bando en el que requiere a los propietarios de parcelas y solares del término municipal para que procedan con urgencia a la limpieza y desbroce de los mismos, manteniéndolos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

A continuación, se transcribe una copia del citado Bando:

Colegio Salzillo

B A N D O

Doña Esther Clavero Mira

Alcaldesa-Presidenta del

Ayuntamiento de Molina de Segura (Murcia)

 

HACE SABER:

 

La Inspección municipal ha puesto en conocimiento de esta Corporación la existencia en nuestro término municipal de numerosos solares y parcelas que presentan abundancia de arbusto, maleza y depósitos de residuos y basuras. Esta situación tiene consecuencias negativas para la salubridad, el medio ambiente y ornato público, pero sobre todo porque con la llegada de las altas temperaturas propias de la época estival, se acrecienta enormemente el riesgo de incendio.

 El artículo 110 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, impone a los propietarios de toda clase de terrenos, el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad universal y ornato público.

 Asimismo el artículo 5 de la Ordenanza municipal reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares prohíbe arrojar basuras o residuos sólidos en solares o espacios libres, ya sea de propiedad pública o privada y el artículo 26 de la Ordenanza municipal reguladora de la Limpieza Pública impone a los propietarios de fincas y edificios la obligación de conservar el ornato público de estos elementos, limpiando y manteniendo las fachadas, entradas y en general todas las partes del inmueble visibles desde la vía pública.

 En atención a todo lo expuesto y con la finalidad de evitar situaciones de insalubridad y para que no se acreciente el riesgo de incendio en esta época estival, se requiere a los propietarios de parcelas y solares de este término municipal para que procedan con urgencia a la limpieza y desbroce de los mismos, manteniéndolos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

 El incumplimiento de este requerimiento dará lugar a la apertura del correspondiente expediente de orden de ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, y en caso de incumplimiento de la orden de ejecución, se realizarán los trabajos subsidiariamente por el Ayuntamiento, debiendo sufragar el coste de los mismos, el propietario.

 

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